Importancia de la transversalización y la armonización de la legislación y las políticas en relación con la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
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Guatemala ratificó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad mediante el Decreto 59-2008, en consecuencia, el Comité de Expertos de las Naciones Unidas que da seguimiento a referida Convención, evaluó al país sobre la implementación de la misma.
La evaluación se realizó en Ginebra, Suiza el 22 y 23 de agosto de 2016, posteriormente por la vía diplomática a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, con fecha 2 de septiembre de 2016, se trasladó oficialmente al Estado, las Observaciones y Recomendaciones, resaltando dentro de los motivos de preocupación el párrafo 11 “El Comité observa que el Estado parte todavía no ha llevado a cabo una revisión transversal de su legislación con el fin de armonizarla con la Convención y que prevalecen leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyen discriminaciones graves contra las personas con discapacidad” de tal cuenta en el párrafo 12 establece “El Comité recomienda al Estado parte a que lleve a cabo una completa revisión transversal de su legislación y de sus políticas a fin de armonizarlas con la Convención…”[1]
De lo recomendado por el Comité de Expertos de las Naciones Unidas sobre el tema de discapacidad, es importante resaltar que sustantivamente solo se cuenta con la armonización de la ley de derechos conexos y derechos de autor, por lo que en el resto de leyes y políticas a la fecha se carece de la transversalización de la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, lo que definitivamente puede repercutir en la no visibilización de este sector de población.
[1] Observaciones generales del Comité de Expertos de las Naciones Unidas para Guatemala, ONU, 2016.
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